Las autoridades de la Ciudad de México dieron a conocer que durante el último mes infraccionaron a un total de 493 automovilistas por usar porta placas prohibidos, por lo que cientos de dueños de vehículos comenzaron a cuestionarse cuánto dinero tendrían que pagar si son multados por cometer esta falta señalada en el Reglamento de Tránsito de la capital mexicana, por ello, en esta nota te diremos todo lo que hay que saber al respecto.

De acuerdo con la información difundida por la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (SSC-CDMX), del 23 de febrero al 9 de marzo se realizaron distintos operativos y recorridos de supervisión y revisión en distintos puntos de la capital mexicana, los cuales, dieron como resultado un total de 493 automovilistas infraccionados por utilizar porta placas prohibidos, además, se precisó que 342 vehículos que fueron sancionados también fueron trasladados a depósitos vehiculares (corralones).

 

Obstruir la visibilidad de la placa de tu vehículo te podría salir muy caro. Foto: Cuartoscuro 

¿A cuánto asciende la multa por utilizar porta placas prohibidos en CDMX?

De acuerdo con lo que se indica en el artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en su fracción III se prohíbe instalar o utilizar en vehículos motorizados luces de neón y/o porta placas que obstruyan la visibilidad de la información contenida en las placas de matrícula del vehículo y/o micas, láminas transparentes u obscuras sobre las mismas placas.

En caso de incumplimiento de las obligaciones señaladas en la fracción III del artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, se aplicará una multa económica equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria vigente, según lo que determine la ley, no obstante, tomando en cuenta que el referido indicador económico fue establecido para el 2025 en 113.14 pesos las multas irían desde los 1,131.4 pesos a los 2,262.8 pesos.

Si obstruyes la visibilidad de la placa de tu vehículo te podría llevar a pagar una multa de más de 2,200 pesos. Foto: Cuartoscuro 

Es importante mencionar en el artículo 45 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México también se estipula que todos los vehículos motorizados que circulen en el territorio perteneciente a la capital mexicana están obligados a contar con placas de matrícula frontal y posterior, las cuales deben estar colocadas en el lugar destinado por el fabricante, su visibilidad no debe estar obstruida y deben coincidir con la calcomanía permanente de circulación, con la tarjeta de circulación y con los registro de control vehicular, en caso de no ser así un agente de tránsito autorizado para infraccionar deberá retener ambas placas de circulación y lo hará constar en una boleta de circulación, mientras que el vehículo será remitido al corralón hasta que se acredite la legitima propiedad de la unidad.

Es importante señalar que este no es el único motivo por el que los automovilistas de la Ciudad de México pueden hacerse acreedores a una multa económico, por lo que se recomienda consultar a detalle el Reglamento de Tránsito vigente, al cual, se puede tener acceso a través de este enlace.