Esta iniciativa destaca por incorporar herramientas tecnológicas y administrativas para mejorar la eficacia del sistema nacional de búsqueda
El pasado 16 de julio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de la Ley General de Población, con el objetivo de reforzar los mecanismos de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas en el país.
Esta iniciativa destaca por incorporar herramientas tecnológicas y administrativas para mejorar la eficacia del sistema nacional de búsqueda.
Entre los cambios más relevantes se encuentra la integración de la Plataforma Única de Identidad, la cual servirá para consultar, validar y administrar las Claves Únicas de Registro de Población (CURP). En paralelo, la reforma a la Ley General de Población establece que la Secretaría de Gobernación será responsable de incorporar datos biométricos a la CURP, tales como fotografías y huellas dactilares.
Asimismo, la Secretaría desarrollará, en coordinación con los tres niveles de Gobierno, un Programa de Integración de Datos Biométricos al Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo) enfocado en niñas, niños y adolescentes.
Por su parte, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones será la encargada de gestionar la versión digital de la CURP, que funcionará como un documento oficial de identificación.
¿Qué es la CURP biométrica?
La CURP biométrica es una versión actualizada de la Clave Única de Registro de Población, que ahora incluye, además de los datos personales tradicionales, información biométrica como la fotografía del rostro y las huellas dactilares. Esta identificación se genera a partir de documentos como el acta de nacimiento, carta de naturalización o papeles migratorios.
Los elementos que conformarán la CURP con datos biométricos son:
- Nombre completo
- Fecha de nacimiento (formato: año/mes/día)
- Sexo o género
- Lugar de nacimiento
- Nacionalidad
- Fotografía del rostro
- Huellas dactilares
¿Es obligatoria la CURP biométrica?
Sí. Conforme a lo establecido en la reforma, la CURP biométrica será de uso obligatorio en todo el territorio nacional y constituirá el documento oficial de identificación personal, con validez y aceptación universal dentro de México.
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